
Redacción
8 de Abril de 2014. Senadores del PAN presentaron una iniciativa de reformas al Código Penal
Federal para sancionar hasta con cinco años de cárcel a directores, encargados,
administradores, así como al personal auxiliar de la atención médica que
impidan o nieguen la prestación de servicios de salud en trabajo de parto.
La iniciativa es
firmada por los senadores del PAN Mariana Gómez del Campo Gurza, Adriana Dávila
Fernández, Rosa Adriana Díaz Lizama, Elia Hernández Núñez, Sonia Mendoza Díaz,
María del Pilar Ortega Martínez, Roberto Gil Zuarth y Francisco Salvador López
Brito
En la Gaceta
Parlamentaria se publicó la iniciativa que plantea modificar el artículo 230 de
dicho ordenamiento, para imponer pena de seis meses a cinco años de prisión y
multa de cinco a ciento veinticinco días de salario mínimo vigente en la zona
económica.
Lo anterior en
contra de directores, encargados, administradores, así como al profesional,
técnico o auxiliar de la atención médica de cualquier centro de salud, cuando
incurran en alguno de las siguientes causales.
Impedir el acceso,
negar la atención o prestación de los servicios de salud de mujeres en trabajo
de parto en fase activa y/o ruptura de membranas, así como a las personas en
condición de emergencia médica, derivado de accidentes, lesiones graves o
descompensaciones que pongan en riesgo la vida del paciente, la madre o del
producto.
Asimismo impedir la
salida de un paciente, cuando éste o sus familiares lo soliciten, aduciendo
adeudos de cualquier índole.
Retener sin
necesidad a un recién nacido, por los motivos a que se refiere la parte final
de la fracción anterior.
También retardar o
negar por cualquier motivo la entrega de un cadáver, excepto cuando se requiera
orden de autoridad competente.
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