Redacción. 3 de Abril de 2014. El presidente de
la Comisión de Derechos Humanos de Quintana Roo, Harley Sosa Guillén, calificó como lamentable
la actuación del Magistrado del Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito
que emitió la sentencia contra Jean
Succar Kuri en 2011, en cuya resolución judicial se encontró un error que
permitió al Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Séptimo Circuito conceder al
hoy preso un amparo para subsanar dicha sentencia.
El ombudsman
manifestó que la responsabilidad del magistrado tanto en este, como en todos
los casos, es la de velar por cumplir a cabalidad con todas las formalidades
del procedimiento. Lo grave de este asunto es que por la falta de una simple
firma, el tribunal colegiado otorgó el amparo al quejoso Succar Kuri”, expresó.
El organismo en
Quinata Roo, condenó al magistrado tribunal que concedió un amparo por la falta
de una firma, al acusado de pederastia
El presidente de la
CDHEQROO agregó, que “al carecer la sentencia de esta firma, se incurrió en
responsabilidad toda vez que el artículo 131 fracción III de la Ley Orgánica
del Poder Judicial de la Federación establece que serán causas de
responsabilidad de los funcionarios del propio Poder Judicial de la Federación,
tener una notoria ineptitud o descuido en el desempeño de las funciones o
labores que deban realizar, lo cual es una conducta muy grave.
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